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¿Se pueden deducir los regalos navideños?



En esta época navideña es normal regalar obsequios, pero en el caso de empresas o personas morales, el SAT cuenta con una regla para hacer deducibles los regalos que se entreguen a clientes o trabajadores. Siempre y cuando estos obsequios no sean considerados como gastos indispensables por la Ley de Impuesto Sobre la Renta (ISR).

Por lo tanto, la deducción de impuesto no aplica para obsequios personales, de familia o amigos. Algunos obsequios que las empresas pueden deducir, son las siguientes:


  • Cenas navideñas de fin de año

  • Presentes para los empleados, como sorteos o rifas

  • Regalos para los clientes

  • Adornos navideños para decorar los establecimientos de la empresa


Pero, para que la resta de impuestos se pueda justificar ante el SAT, se necesita cumplir con los siguientes 3 requisitos:


  • Contar la factura de compra o el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de cada uno de los artículos adquiridos.


  • Haber pagado la compra a través de transferencia, tarjeta de crédito o débito, o cheques. No se acepta efectivo.

  • Contar con soporte documental, como el enlistado de clientes o trabajadores, la cotización de los regalos y los recibos de pago de estos.


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