El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), es una nueva versión de declaración de impuestos creada por el SAT en el 2022, con el fin de aumentar contribuyentes y reinventar la forma en como estos ejercen sus obligaciones fiscales, como es la recaudación de impuestos.
Por otro lado, el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) es un esquema tributario que está en vigencia desde el año 2014, que ha regulado el cálculo y pago de impuestos de las personas físicas con actividades empresariales, permitiéndoles realizar facturaciones e informes sobre sus ventas y gastos.
Entonces, ¿en qué se diferencian?
En RESICO solo pueden ingresar personas que ofrecen servicios profesionales, mientras que en el RIF solo puedan ingresar personas físicas con actividades empresariales.
En RESICO se puede tributar siempre, mientras no se supere los 3.5 millones de pesos en ingresos al año. En el RIF solo se puede tributar, mientras no se supere los 2 millones de pesos anuales.
En el RIF las tasas del Impuesto Sobre la Renta (ISR) van aumentando gradualmente cada año según el nivel de los ingresos.
En RESICO el Impuesto Sobre la Renta (ISR) solo se pagará a partir de las facturas pagadas, no emitidas.
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